📢 LO DEL DÍA – COMERCIO EXTERIOR
📅 9 de septiembre de 2026

Diario Oficial de la Federación 2026_09_09_MAT_seeco

La Secretaría de Economía publicó la Resolución preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de vidrio flotado de color originarias de China, independientemente del país de procedencia.

Se impone una cuota compensatoria provisional de 0.11917 dólares por kilogramo a las importaciones definitivas y temporales de esta mercancía, que ingresen por la fracción arancelaria 7005.21.03, o por cualquier otra.

La cuota tendrá una vigencia de seis meses y será aplicable a partir del 10 de septiembre de 2026.

Plataforma Integral de Gobernanza Regulatoria

Sin proyectos publicados en materia de comercio exterior.

Temas de interés

🔹 ANAM y Guardia Nacional aseguran 75.9 kilogramos de cocaína en la Aduana de Tijuana COMUNICADO-CONJUNTO_762026

El aseguramiento se efectuó en el área de exportación, dentro de un camión que transportaba tunas. Con apoyo del ejemplar canino “Chocolate”, se localizaron 76 paquetes ocultos en un doble fondo.

🔹 ANAM aclara el criterio aplicable a las NOM de información comercial 26090874-NOM-criterios

Cuando la autoridad detecte el incumplimiento de una NOM de información comercial, procederá al embargo precautorio:

  • Si no se acredita el cumplimiento, la mercancía pasará a propiedad del fisco federal, salvo que se subsane dentro de los 30 días siguientes a la notificación del acta de inicio del PAMA.
  • Si se acredita el cumplimiento de la NOM y únicamente existen datos omitidos o inexactos, procederá una multa del 2% al 10% del valor comercial de la mercancía.

El criterio deriva de la modificación al artículo 158 de la Ley Aduanera publicada el 19 de noviembre de 2025.

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