El pasado lunes 30 de septiembre en la edición vespertina del DOF se publicó el DECRETO por el que se modifica el diverso por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte.
Compartimos los dos puntos más relevantes:
🎯“PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el 1o. de enero de 2009 y concluirá su vigencia el 30 de septiembre de 2026.”
🎯“Segundo. Los registros como empresa de la frontera vigentes a la entrada en vigor del presente decreto tienen vigencia hasta el 30 de junio de 2025, sin perjuicio de que puedan obtener un nuevo registro o ampliar la vigencia del mismo siempre que se cumpla con las disposiciones que al efecto emita la Secretaría de Economía.”
Se adjunta publicación: 2024_09_30_VES_shcp