Buen día 🌞 compartimos modificación de la TIGIE sobre los productos de la canasta básica (carne, pollo, pescado, leche, huevos, papa, tomate, cebolla, naranjas, limones, manzanas, maíz, arroz, harina de trigo etc) quedando exentos del impuesto de importación por un año, que podrá ser prorrogable por un tiempo igual. (Artículo Primero.)
Y el artículo segundo (vacas, puercos, aves) entrará en vigor cuando la SE cuente con la opinión de la Comisión de Comercio Exterior conforme a la Ley de Comercio Exterior y estará en vigor hasta la misma fecha que el Artículo Primero.