El anteproyecto publicado por la Secretaria de Economía el pasado 31 de julio sobre el Acuerdo de NOMs tiene una nueva versión. Donde se eliminan los transitorios que hacían referencia a la fecha de entrada en vigor del Acuerdo de modificaciones, señalando anteriormente el 1 de octubre de 2020  como fecha de entrada en vigor quedando  eliminado en  la nueva versión que establece que “El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.

Recordemos que en  este anteproyecto se eliminan los supuestos de excepción de los numerales VII, VIII y XV del numeral 10 del Anexo  2.4.1 comúnmente conocido como anexo del NOMS, con las que podíamos exceptuar el cumplimiento de las Normas de etiquetado siempre y cuanto estuviéramos en alguno de los siguiente supuestos:

VII.- Las mercancías importadas para ser usadas  por la persona física que las importe  y no se destinen a su comercialización.

VIII.- Las mercancías que no vayan a expenderse al público tal y como son importadas.

XV.- Las mercancías destinadas a permanecer en las franjas y regiones fronterizas del país.

En el portal de la CONAMER pueden dejar sus comentarios de como esta modificación puede afectar a su empresa sobre todo en la importación de las refacciones.

link para conocer nueva versión del anteproyecto: https://t.co/KWZnuWBvBU?amp=1

link para dejar comentarios del anteproyecto: http://187.191.71.192/portales/resumen/49884